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Información general sobre el Fondo de Ayuda a las Víctimas y Afectados del atentado terrorista del 11 de marzo de 2004

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Convocatoria 2009

¿Qué es el Fondo de Ayuda 11-M?

Como consecuencia del atentado terrorista acontecido en Madrid el 11 de marzo de 2004, surgió una problemática social que afectó y afecta a los ciudadanos que de modo directo vieron perturbada su vida como consecuencia del mismo, al tiempo que se generaron diversos movimientos de solidaridad con los afectados.

Entre estas iniciativas solidarias destaca, de forma especial, la promovida por la Confederación Española de Cajas de Ahorro (CECA) cuyo Consejo de Administración en fecha 11 de marzo de 2004 acordó crear un fondo de ayuda con cargo a las Cajas de Ahorro y a las aportaciones particulares y empresariales que quisieran sumarse a su propuesta.

Con fecha 16 de diciembre de 2004 se suscribió un Acuerdo entre la CECA y el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para la gestión del fondo, creándose por Orden TAS/475/2005, de 28 de febrero, publicada en el BOE nº 52, de 2 de marzo de 2005, la Unidad Administradora para la gestión del Fondo de Ayuda a las Víctimas y Afectados del Atentado Terrorista del 11 de marzo de 2004 y la Comisión de Seguimiento de la misma y se regulan las prestaciones y servicios con cargo a dicho fondo.

En el año 2009 se dan dos especiales circunstancias que condicionan en gran medida la convocatoria de ayudas:

  1. Las limitaciones en la cuantía del remanente del «Fondo de Ayuda a las víctimas y afectados del atentado terrorista del 11 de marzo de 2004» que, una vez finalizada la tramitación de las ayudas del año 2008, sería claramente insuficiente para atender la previsible demanda de las prestaciones y servicios establecidos en convocatorias anteriores.
  2. El elevado número de víctimas que identifica como tales la Sentencia del Tribunal Supremo 503/2008 de fecha 17 de julio, que no habían sido reconocidas previamente, por el Ministerio del Interior y que, por tanto, no han podido acceder a los beneficios del citado Fondo en convocatorias anteriores, por lo que hace aconsejable dedicar la totalidad del remanente a la atención exclusiva de este nuevo colectivo.

Por Resolución de 16 de marzo de 2009, de la Secretaría de Estado de Política Social, Familias y Atención a la Dependencia y a la Discapacidad, se convoca para el año 2009, la concesión de ayuda económica con cargo al Fondo de Ayuda a las víctimas y afectados del atentado terrorista del 11 de marzo de 2004.

Unidad Administradora del Fondo

La Unidad Administradora, regulada por la citada Orden TAS/475/2005, de 28 de febrero, se crea para la gestión del «Fondo de Ayuda a las Víctimas y Afectados del Atentado Terrorista del 11 de marzo de 2004», como órgano encargado de llevar a cabo las tareas y funciones derivadas de la gestión del mismo, adscribiéndose, orgánica y funcionalmente al Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso).

Para el cumplimiento de los fines señalados, la Unidad Administradora para la gestión del Fondo de Ayuda a las Víctimas y Afectados del Atentado Terrorista del 11-M desarrollará las siguientes funciones:

  • Tramitación de la documentación presentada por los solicitantes de la ayuda a las víctimas y afectados del atentado terrorista del 11-M y solicitud de la documentación complementaria que se considere necesaria.
  • Evaluación y baremación de las solicitudes recibidas que permita determinar la atención a prestar en base a las prestaciones y/o servicios establecidos.
  • Propuesta a la Comisión de Seguimiento de concesión de las prestaciones y servicios en función de los criterios de valoración aplicados.
  • Comunicación de la resolución de concesión y condiciones de ejecución, en su caso, de las prestaciones y servicios.
  • Gestión económico-administrativa del fondo, tramitación de pagos y rendición de cuentas ante la Comisión de Seguimiento, sin perjuicio de las competencias atribuidas a la Intervención General de la Administración del Estado y del Tribunal de Cuentas.

Comisión de Seguimiento

Adscrita a la Instituto de Mayores y Servicios Sociales, en la Comisión de Seguimiento se institucionaliza la colaboración del movimiento asociativo de las personas afectadas por el atentado terrorista del 11-M y la Administración General del Estado. Esta Comisión, constituida el pasado 12 de junio de 2005, tiene como finalidad garantizar los principios de participación y transparencia en la gestión del citado Fondo; los miembros que la integran son los siguientes:

  • El Secretario General de Política Social y Consumo o persona en quien delegue, que actuará de Presidenta.
  • La Directora General del Imserso.
  • La Secretaria General del Imserso
  • El Director Técnico del Real Patronato sobre Discapacidad.
  • El Subdirector General de Presupuestos, Estudios Económicos y Estadísticas de la Tesorería General de la Seguridad Social.
  • El Subdirector General de Políticas Activas de Empleo del Servicio Público de Empleo Estatal.
  • El Director de la Unidad Administradora para la Gestión del Fondo.
  • 1 representante de la Fundación Víctimas del Terrorismo.
  • 4 representantes de las víctimas y de los afectados por el atentado terrorista del 11-M.

 

Actuará de Secretario de la Comisión la Secretaria General del Imserso.

Los representantes de las víctimas y afectados por el atentado terrorista del 11-M han sido nombrados por la Ministra de Sanidad y Política Social de entre las personas designadas por las asociaciones de víctimas y afectados de terrorismo por el atentado del 11-M.

La Comisión de Seguimiento tendrá las siguientes funciones:

  • Planificación y supervisión de las actuaciones a realizar con cargo al fondo.
  • Elaboración de baremos y propuesta de concesión de las prestaciones y servicios que se establecen en el apartado quinto.
  • Asesoramiento y supervisión de la concesión de prestaciones y servicios.
  • Seguimiento y control de la gestión del fondo llevada a cabo por la Unidad Administradora del Fondo de Ayuda del 11-M.
  • Establecimiento de un sistema de seguimiento y control de las condiciones de ejecución de las prestaciones y servicios.
  • Estudio de las propuestas formuladas por cualquiera de los organismos o entidades representadas en la Comisión de Seguimiento.
  • Aprobación de las Cuentas y de la Memoria anual de la Unidad Administradora.
  • Elaborar y aprobar el régimen de funcionamiento interno.
  • Propuesta de finalización de los trabajos de la Comisión de Seguimiento, así como la liquidación del Fondo.

© Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) 2009

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